REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN
“Gana Un Año de Viña Maipo Reserva”
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PRIMERA - DEL PATROCINADOR y EL FACILITADOR
Esta promoción es patrocinada por VINUM AURA S.A., cédula jurídica 3-101-300711. La cadena de establecimientos Hipermás, perteneciente al grupo Wal-mart de Mexico y Centro América, actuará como facilitadora de la promoción.
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SEGUNDA - LOS PARTICIPANTES
Podrá participar en la presente promoción toda persona mayor de edad que adquiera alguno de “Los Productos” en alguno de los establecimientos de la cadena de establecimientos Hipermás, que en el momento de la compra cumpla lo dispuesto en la cláusula cuarta de este Reglamento, así como cualesquiera otras condiciones establecidas en el presente Reglamento. El acto de recibir el premio se tendrá como aceptación tácita, de pleno derecho, del presente Reglamento y todas sus condiciones. Queda exceptuados de participar en esta promoción las personas a quienes se refiere la cláusula duodécima de este Reglamento.
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TERCERA - LOS PRODUCTOS
Los productos cuya compra en dichas condiciones permitirá participar en esta promoción son: cualquier vino de la Viña Maipo -Reserva- (Sauvignon Blanc, Cabernet Sauvignon, Merlot, Chardonnay, Carmenere,Shiraz).
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CUARTA - DE LA PROMOCIÓN, EL PREMIO y FORMA DE PARTICIPAR
Por cada compra de alguno de los productos establecidos en la cláusula tercera de este Reglamento, llevada a cabo en cualquier establecimiento Hipermás, que cumpla lo dispuesto en la cláusula segunda de este reglamento, que además complete toda la información requerida en el cupón que aparece detrás del cuello de botella de los productos (las botellas tienen una calcomanía con un código, el cual los clientes que deseen participar en la promoción tendrán que anotar en el cupón, así como el número de tiquete de caja) y lo deposite en los buzones colocados para ese fin en la entrada de los establecimientos Hipermás, participará en el sorteo de los siguientes premios:
LOS PREMIOS:
Una caja por mes, durante un año, de seis botellas de vino -Reserva- (de diferentes cepas), de las bodegas Viña Maipo. La primera caja la podrán retirar los ganadores, durante la segunda quincena del mes de diciembre del año dos mil diez, en fecha posterior al sorteo y luego de la notificación a los ganadores, y así, sucesiva y consecutivamente, deberán pasar a retirarla mes a mes, a partir del primer día hábil, hasta el mes noviembre del año dos mil once, inclusive.
NOTAS ACLARATORIAS:
- Se escogerá un ganador por cada punto de venta (total: seis ganadores).
- Será responsabilidad exclusiva de cada ganador retirar su respectivo premio en el lugar y dentro de plazo o fecha que el patrocinador disponga en este Reglamento.
- El retiro de los premios deberá llevarse a cabo en días y horas hábiles de la empresa patrocinadora, en las instalaciones de Vinum La Enoteca, Plaza Los Laureles San Rafael de Escazú, de lunes a jueves de 10:00 a.m. a 7:00 p.m. viernes y sábado de 10:00 a.m. a 8:00 p.m.
- Los ganadores que no retiren la caja de vino en el mes correspondiente, podrán acumular el premio y hacer su retiro en el mes siguiente como máximo. Ese derecho acumulado (por falta de retiro del premio dentro del plazo reglamentario) tendrá un plazo máximo de dos meses consecutivos y caducará -de pleno derecho- al inicio del tercer mes; lo anterior no generará ningún tipo de responsabilidad ni de obligación compensatoria a cargo de la casa patrocinadora ni para la empresa facilitadora.
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QUINTA - EL PLAZO DE LA PROMOCIÓN
El período para participar en esta promoción corre del primero de noviembre al quince de diciembre de dos mil diez, inclusive.
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SEXTA - EL SORTEO
El sorteo se llevará a cabo el día 17 de diciembre de 2010, en Vinum La Enoteca, Plaza Los Laureles San Rafael de Escazú. El mismo se hará en presencia de un Notario Público, quien levantará el acta respectiva, un funcionario de la empresa patrocinadora y dos testigos escogido al azar entre los presente. El sorteo será manual y seleccionará aleatoriamente a las seis personas favorecidas. Además de los seis ganadores, se seleccionará un suplente para cada premio, quienes siguiendo el orden de selección, irán sustituyendo al ganador, en caso de que éste no pudiese ser localizado en el transcurso de dos días hábiles a partir de la fecha del sorteo, o si no aceptare el premio. A los ganadores y, en su caso, a los suplentes, tratará de localizárseles a través del número de teléfono facilitado a través de la información solicitada en los cupones, si dicha información no está claramente escrita o es incompleta el participante quedará fuera de concurso.
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SÉPTIMA - LOS PREMIOS
Cada ganador deberá aceptar el premio expresamente y por escrito, renunciando a todo reclamo relativo a cambios o mejoras en el mismo. Si algún ganador no acepta el premio o las condiciones establecidas en este Reglamento, el premio se adjudicará al suplente que pudiere corresponder, siguiendo el orden de escogencia. Si alguno o varios de los ganadores ni los suplentes aceptan el premio, éste será declarado desierto y la firma patrocinadora quedará relevada de la obligación de satisfacer el mismo.
Si una misma persona fuere seleccionada en más de una oportunidad, como ganador y además como suplente, solo contará la primera selección y, en el caso de la segunda selección, el sorteo deberá repetirse hasta escoger a una persona diferente.
El retiro y ejecución del premio es personalísimo y el mismo, sin excepción, no será entregado ni podrá ser ejecutado por terceras personas, aún siendo apoderados (as) de la persona ganadora. Cada una de las personas ganadoras deberán presentarse a retirar el premio, en las instalaciones de Vinum La Enoteca, Plaza Los Laureles San Rafael de Escazú, portando su cédula de identidad, de residencia o pasaporte, documento que deberá estar vigente y en perfecto estado de conservación; el retiro del premio deberá hacerse -a más tardar- dos días hábiles después de haber sido notificado.
Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, cada ganador y sus acompañantes autorizarán que su nombre, imagen y fotografías aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios que el patrocinador estime convenientes.
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OCTAVA - LAS OBLIGACIONES DE PATROCINADOR
Conforme con todo lo anterior, el Patrocinador cumplirá su obligación y compromiso con la entrega del premio, dentro del período que determina la cláusula anterior.
El Patrocinador y el facilitador no asumirán obligaciones o responsabilidades adicionales. Si por alguna razón alguna de las personas favorecidas no se presenta a reclamar y retirar el premio en la fecha límite indicada, ya sea por caso fortuito, fuerza mayor, por causas que le sean atribuibles o por culpa de terceros; quedará a entera discreción del Patrocinador la entrega del premio con posterioridad a la fecha límite establecida en este Reglamento. De sobrevenir la referida circunstancia los derechos como ganador se tendrán por extinguidos de pleno derecho, sin que a la persona favorecida le asista derecho alguno de reclamo o de indemnización.
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NOVENA - RESPONSABILIDADES DEL PATROCINADOR
Las responsabilidades del Patrocinador se limitan y no se extienden más allá de la entrega del premio y de garantizar la inocuidad y calidad del mismo. Luego de recibir el premio, la potestad y responsabilidad por su uso y consumo, cualesquiera sean las circunstancias o hechos posteriores a ese acto, corresponderá exclusivamente a la persona ganadora.
Los ganadores relevan de antemano de toda responsabilidad a la firma patrocinadora, lo mismo que a la empresa facilitadora, por eventuales daños o perjuicios ocasionados a ellos, a terceras personas, a las cosas y bienes de su propiedad, derivados del uso y consumo del premio, así como por daños personales o perjuicios causados en cualesquiera circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, accidentes, por negligencia atribuible solo al ganador o sus familiares, allegados, o quien consuma el producto de los premios retirados. Como se indicó, el ganador consumirá el premio bajo su exclusiva y única responsabilidad, y así será desde el momento mismo en que lo acepte y reciba.
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DÉCIMA: LA CESIÓN DE PREMIOS
El retiro de los premios es personalísima para cada ganador. Los premios no son negociables, ni canjeables por dinero efectivo, así como tampoco por otros bienes o servicios. El premio será acreditado únicamente a cada persona ganadora, que cumpla los requisitos preestablecidos reglamentariamente.
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DÉCIMA: LA SUSPENSION DE LA PROMOCION
El patrocinador podrá suspender unilateralmente, en forma inmediata, parcial o totalmente, la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar anomalías que pudieren generar fraude o cualquier acto de sabotaje del sistema, o bien, si se produjeren causas de fuerza mayor, que pudieren ocasionar un perjuicio mayor y que así les obligue. La suspensión de la promoción por alguna o varias causas antes indicadas, será comunicada por el patrocinador en un medio impreso.
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UNDÉCIMA: IDENTIFICACIÓN DE “LOS PRODUCTOS” EN PUNTO DE VENTA
Es responsabilidad de patrocinador la colocación de material visual u otros medios informativos referentes a esta promoción, tanto para dar a conocer la Promoción como para sirvan al consumidor para identificar Los Productos por medio de los cuales se participa.
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DUODÉCIMA: RESTRICCIÓN DE PARTICIPACIÓN
No podrán participar de esta promoción personas empleadas del patrocinador Vinum Aura S.A., ni de la empresa facilitadora, así como tampoco de la agencia de publicidad contratada para efectos de la promoción.
Para mayor información sobre esta Promoción, favor comuníquese al teléfono 2228-1544.
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